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Educación Especial en Nueva Jersey
100 Everitts RoadRingoes, New Jersey 08551
Tel: (908) 284-7680 Fax: (908) 284-7685
Tópico
Proceso
Referido
Un referido es un pedido escrito para una evaluación que es dada al distrito escolar cuando se visualiza la posibilidad de que un niño puede tener una incapacidad y puede necesitar educación especial y servicios relativos. Padres, personal escolar, y agencias involucrados en el bienestar de los estudiantes pueden hacer un referido para el distrito escolar donde el estudiante reside.
Reunión de Identificación
Dentro de 20 días calendarios de recibido un referido, el distrito escolar debe celebrar una reunión para decidir si una evaluación será realizada. Si el distrito escolar decide llevar a cabo una evaluación, el grupo seleccionara los tipos de exámenes y otros procedimientos que serán usados para determinar si el niño necesita los servicios de educación especial.
Evaluación
Una evaluación es el proceso usado para determinar si un niño es elegible para educación especial y servicios relativos. El proceso incluye una revisión de cualquier dato relevante, y la administración de cualquier examen individual, valoraciones y observaciones del niño. Por lo menos dos niños miembros del equipo deben participar en la evaluación inicial junto con otros especialistas cuyas observaciones son necesarias para una correcta valoración de las necesidades especiales del niño.
Elegibilidad
Cuando la evaluación ha sido completada, el distrito escolar realiza una reunión colaborativa para determinar si el niño es elegible para educación especial y servicios relativos. Antes del meeting, el distrito escolar debe dar a los padres una copia del reporte/s de evaluación y otros documentos e información que será usada para la determinación de la elegibilidad del niño. El/los padres deben recibir esta información no mas tarde de 10 días calendarios anteriores a la reunión. Para ser elegible para educación especial y servicios relativos:
- Un estudiante debe tener una incapacidad acorde a una de las categorías de elegibilidad;
- La incapacidad debe afectar adversamente la performance educativa del estudiante; y
- El estudiante debe estar necesitando de una educación especial y servicios relativos.
Programa de Educación Individualizado (IEP)
Después que se determino que un niño es elegible para educación especial y sus servicios, una reunión es celebrada para desarrollar el IEP del niño. El IEP es ambos un plan y un proceso. El plan es un documento que describe en detalle un programa de educación especial del niño. El proceso es el compartimiento continuo de información entre la familia y el distrito escolar para alcanzar las necesidades de desarrollo y educacionales del niño. El IEP debiera describir como es el desarrollo actual del niño y las necesidades específicas de instrucción del niño. El IEP debe incluir metas anuales medibles y objetivos o metas de corto término. Cuando los padres han dado el consentimiento, el IEP es implementado lo antes posible después de la reunión del IEP y dentro de los 90 días calendarios en que la escuela recibe el consentimiento de los padres para la primera evaluación.
Revisión Anual
Anualmente o en periodos menores si es necesario, el equipo del IEP se reunirá para revisar y rever el IEP y determinar arreglos.
Reevaluación
Un niño deberá ser reevaluado cada tres años, o antes si las condiciones lo justifican, o si los padres, o la maestra del niño lo solicitan. La reevaluación se realiza cuando un cambio en la elegibilidad esta siendo considerado.
Consentimiento de los Padres
Cuando debe el distrito escolar obtener el consentimiento de los padres?
- Antes que un niño sea evaluado por primera vez para determinar si es elegible para educación especial.
- Antes que un programa de educación especial comience por primera vez;
- Antes que un niño sea examinado como parte de la reevaluación; y
- Antes de que los registros del niño sean entregados a una persona u organización que no esta autorizada para verlos.